Entrevista al presidente de la Comisión de Especificidad de Personal de Defensa Civil: "no podemos pretender que no existan 26.000 personas"

(Para Andrea Cucco)
25/01/19

La Dra. Filomena Crafa es la presidenta del "Comité para la Especificidad del Personal de Defensa Civil", un grupo que tiene intereses generalizados y promueve una solicitud voluntaria de cambio del régimen privado del Contrato Nacional de Trabajo Colectivo. Sección de Funciones Centrales , bajo el régimen de derecho público, transitando así la llamada categoría "específica" de personal.

Por "Especificidad", según lo previsto por el art. 3 del Decreto Legislativo 165 / 2001, significa personal con contrato de ley pública que opera en sectores particulares del Estado y, por lo tanto, no solo personal militar sino también otras categorías particulares no incluidas en contratos colectivos que son de naturaleza privatista.

Dr. Crafa, ya hemos publicado una carta suya en 28 September 2018 (v.link) sobre el tema, ¿ha habido alguna evolución?

En primer lugar, les agradecemos el espacio dedicado a nosotros, en la actualidad no hay desarrollos positivos. Hasta la fecha, el Comité ya ha enviado acerca de las solicitudes 3.800 de solicitudes espontáneas al Ministro de Defensa por parte de los empleados, dando a conocer a los sindicatos que representan a la Defensa. Más accesiones nuevas que enviaremos en breve seguirán llegando. Como se puede imaginar, por cada membresía de "logos" de los empleados que preguntan directamente a su ministro (desde marzo de 2017 con Pinotti), hay al menos colegas de 5 que desean hacerlo pero están inhibidos porque también se necesita "coraje" para escribir directamente al Ministro. Cuando la gente de 3.800 en 26.000 encuentra este valor espontáneamente, significa que existe una inquietud real sobre los problemas críticos presentes en el contexto del trabajo. Lamentablemente nos sentimos "enlucidos, sumisos e invitados".

¿Puede explicar a los lectores a qué problemas críticos se refiere?

Los temas críticos presentes son tanto económicos como legales. El personal civil del Ministerio de Defensa en 2016 ha sido certificado, por un grupo de trabajo especial establecido por el Ministro Pinotti, como el más pobre del Subfondo, con una brecha económica que es aproximadamente 30% menos que otros empleados públicos y Soldados no operacionales, mientras realizan el mismo trabajo; La solución acordada entre el entonces ministro Pinotti y los sindicatos de defensa mayoritaria no solo fue decisiva, sino que, en lugar de reducirla, hizo que aumentara la brecha económica en comparación con los empleados del nuevo Subfondo de Funciones Centrales. Además, tenemos casos notables de funcionarios graduados / especializados a cargo de elementos organizacionales con ex personal civil y personal militar que reciben un tratamiento económico mucho más alto y, en el caso específico de este último, también con diferentes protecciones (días de vacaciones y otros).

¿No se pueden resolver los problemas económicos con la negociación nacional actual?

Con respecto a la negociación nacional, la fusión de varios temas, subdivididos en Subfondos (para los años 2016-2018 se ha trasladado de los Ministerios a la Sección de Funciones Centrales), no espera positivamente una homogeneización de los tratamientos económicos, como lo demuestra la 5 abril acuerdo 2017. De hecho, ya en el Departamento de Ministerios CCNL - 2002 / 2005, el art. 22 preveía el inicio de un proceso de igualación de la asignación administrativa a la prevista para los otros Dicasterios, pero esta regla fue completamente ignorada. Dado esto, la única posibilidad de tener pleno reconocimiento de la "especificidad profesional" del personal civil de AD es precisamente la transición al "régimen público".

¿Y los problemas legales?

Ahora estamos privados de prestigio y dignidad profesional y me refiero en primer lugar a los aproximadamente 1.800 empleados del Primer Área Funcional; al tránsito de personal no apto para el servicio militar, que desde el rango de primer sargento pasa a funciones civiles con un perfil profesional como oficial, incluso con el título único de estudio de una licencia media baja, en total contraste con las disposiciones establecidas por las regulaciones que establecen el acceso desde el exterior con la posesión del título; de hecho, ya se les ha encontrado a la cabeza de los elementos organizativos con funcionarios graduados que les reportan directamente. Esto se debe a la reorganización de las carreras del personal militar fuertemente deseada por los Gobiernos anteriores que llevó, entre otras cosas, a partir de enero de 2018, al nombramiento de más de 10.000 ejecutivos exclusivamente militares a partir del rango de mayor, con un desequilibrio de competencias considerable, si se considera. que el límite máximo que impone el Convenio Colectivo Nacional de Trabajo para la Defensa es de aproximadamente 108 gerentes civiles y que el personal civil se encuentra en las mismas Mesas Orgánicas con el personal militar.

¿Un asedio lento y gradual?

Un asedio lento que, si no intervenimos a tiempo, determinará la desaparición de la administración y de los marcos civiles apropiados y de las habilidades administrativas necesarias para desempeñar funciones que, en cambio, serían realizadas por personal con capacitación técnica operativa para el estado militar.

Tratamiento desigual?

Más que desigualdad de trato hablaría de la falta de atención y subvaloración de la considerable contribución que el personal civil aporta diariamente para la realización de los objetivos de la Defensa. Ganamos batallas pero perdimos todas las guerras. Quien nos representó hasta ahora podría hacer más y aplanar menos y, sobre todo, no nos hace sentir como en casa. ¿Cómo? Ampliando la gama de solicitudes y calificándolas en cantidad y calidad en interés de la administración, en primer lugar, de todos los empleados y todos los perfiles más allá de los intereses de una parte y / o corporación. Los funcionarios, por ejemplo, pero al igual que el personal del Área 1, nunca han sido ignorados correctamente y con frecuencia, y hoy sucede que, con la reorganización, son los primeros en sufrir los efectos de los errores cometidos por los representantes de la mayoría y 'Administración, precisamente por falta de atención y subestimación; no compartían el objetivo de garantizar que el personal civil y el personal militar fueran una sola entidad, cada uno con sus propias peculiaridades y diversidad, pero con el mismo tratamiento más allá de los diferentes regímenes contractuales que, en cambio, acentuaban las disparidades.

Cuando se habla de "aplanamiento" ¿a qué se refiere?

Se ha adoptado una política de aplanamiento para el personal civil con la "temporada de lluvias" continua, que más de una vez ha mortificado y ha mortificado el profesionalismo en detrimento de la meritocracia agitada y en favor del "todo para todos", que consensuó tanto poder de abogado. . ¿Queremos hablar sobre el progreso del personal civil en sus carreras? Teniendo en cuenta que esta posibilidad es de hecho negada al personal de 1 ^ Area, los acuerdos conducen a Criterios de evaluación ciertamente no meritocráticos.. Por ejemplo, la formación, caballo de batalla de la dignidad y la puesta en valor de la obra pública como calificación y actualización de competencias profesionales, no es objeto de los criterios de evaluación definidos como útiles para las progresiones profesionales y nos referimos a cursos de alta especialización (ISSMI, cursos SNA , etc ...) que no tienen retorno de inversión, dado que el personal no tiene oportunidades de carrera y está empleado sin ninguna mejora a diferencia de lo que ocurre con el personal militar. La asistencia a estos cursos supone un sacrificio para el personal que se ve obligado a desplazarse porque casi siempre se organizan fuera de las instalaciones y una carga económica considerable para la Administración. Al final, esta inversión parece infructuosa porque no es un título útil ni para el desarrollo profesional ni para el trabajo que se realiza si estás subempleado y sobre todo cuando el interlocutor, superior y / o gerente, no tiene la misma formación. Sin embargo, un daño si el entrenamiento no sigue las consecuencias naturales y adecuadas. Además, es al menos singular que el desempeño de los cargos y la antigüedad no estén sujetos a evaluación.

¿El tránsito hacia el régimen público cree que puede ser decisivo de los problemas y no podría significar, en cambio, la militarización del Personal de Defensa Civil?

¡Nosotros lo creemos! La clasificación del trabajo en la Sección de Funciones Centrales de la CCNL no parece correcta porque los empleados en cuestión, a diferencia de sus colegas en los otros ministerios, están sujetos a muchas de las regulaciones y restricciones de los ambientes reservados y hacen su contribución, directa o no, a la Defensa. Nacional, para la Paz y la Seguridad Internacional, representando, hoy más que nunca, una parte importante del personal de las Fuerzas Armadas, sin lo cual el cumplimiento completo y multifacético de la misión institucional de dicho Dicasterio (prácticas administrativas y técnicas, negociación, acompañamiento y fiscalización / realizar, respectivamente, actividades cinéticas y no cinéticas, etc.), tal vez no sea tan rentable. Dejo de no aburrir a los lectores…. En cuanto a la posibilidad de militarización, la excluimos absolutamente.. Actualmente, el ordenamiento del trabajo empleado por las administraciones públicas (incluido el personal civil del Ministerio de Defensa) se rige por el Decreto Legislativo 165 / 2001. No obstante lo dispuesto en el decreto legislativo antes mencionado, una serie de empleados públicos caracterizados por un estatus legal particular que tiene una reflexión sobre la misma Carta Constitucional (por ejemplo, fuerzas armadas y fuerzas policiales, magistrados, abogados de la , prefectos, diplomáticos, bomberos y profesores universitarios, pero también empleados del Banco de Italia, Consob, la Autoridad de Defensa de la Competencia y otras autoridades administrativas independientes, gerentes del Departamento de Administración Penitenciaria, etc.). Como puede verse en la lista de personal que ya se encuentra en el sector público, no solo se trata de personal militar sino también de personal civil de otras administraciones. En consecuencia, en el caso de la transición al mismo régimen de personal de defensa civil, es al menos inapropiado utilizar el término "militarización".

Con el tránsito en régimen público, ¿qué cambiaría en términos de empleo y movilidad?

El principio según el cual el empleado está empleado de acuerdo con las tareas del perfil / calificación, no se ve afectado. El problema podría estar representado por la movilidad de la oficina, pero después de toda la legislación vigente, se contempla la transferencia para las necesidades de servicio en los locales de la misma administración o, si no es posible, la reubicación en otras administraciones, en ambos casos bajo de la misma región. Sin embargo, la disciplina de otros sectores en el "régimen público" establece que las necesidades están motivadas, teniendo en cuenta también las condiciones de la familia y cualquier necesidad de estudio del propio empleado o de sus hijos. La legislación actualmente en vigor (Decreto Legislativo 165 / 2001) ya contempla la reducción de la consulta sindical en los procesos de reempleo del personal. Además, también está prevista la disponibilidad en caso de que la ubicación del personal no sea útil para volver a ser empleada, hasta la posterior terminación de la relación laboral (consulte los artículos 33 y 34 del Decreto Legislativo 165 / 2001).

¿Sobre el trato económico y las relaciones sindicales?

Al pasar al "régimen público", los aumentos salariales se establecerían por ley y podrían proporcionarse para los automatismos salariales abolidos por el Decreto Legislativo 29 / 1992 (la llamada privatización), pero aún vigente para algunas categorías de empleo público. Los derechos sindicales y las prerrogativas no se verían afectados, ya que la aplicación de 300 / 1970 (Estatuto de los Trabajadores) no puede ser excluida. Este texto legislativo, por ejemplo, se menciona explícitamente en el art. 137 del Decreto Legislativo 217 / 2005 (orden del personal del Cuerpo de Bomberos).

¿Hay alguna queja contra personal militar?

Absolutamente no. Hay quejas hacia quienes no abordan el problema o quienes no creen que un examen serio del problema sea indispensable para enfrentarlo y buscar posibles soluciones para que podamos hablar de "Personal de Defensa" como una fuerza integrada formada por militares y civiles que aportan a la misión y visión común en cumplimiento de sus peculiaridades, roles, competencias, igualdad de oportunidades y derechos adquiridos, evitando, como viene ocurriendo desde enero de 2018, un "aplastamiento funcional" del componente civil. Además, también se necesitaría una integración justa con el personal militar en tránsito en funciones civiles que son etiquetados como "transitados"; esta situación debe resolverse porque, en la actualidad, solo crea climas inútiles de tensión en los ambientes laborales que desgastan y envenenan las relaciones. En lo que a nosotros respecta, el personal civil ("puro" y transitado) debe considerarse sin diferencias, porque todos somos parte de la "Familia de la Defensa" y no somos "invitados" del personal militar..

Antes de decir adiós, me gustaría preguntarle por qué, en su respuesta a la primera pregunta, ¿utilizó la palabra "enlucido"?

Enlucidos porque son incapaces de hacer oír nuestras voces. De los aproximadamente 26.000 empleados de la defensa civil, solo 1/3 del personal son miembros de sindicatos que participan de derecho en las mesas de discusión como exige la ley. A la luz de los números, representarían una minoría. Los comunicados de prensa de las representaciones de CGIL, CISL, UIL, UNSA y FLP, entregados al personal en la última reunión con el Ministro Trenta el pasado 15 de enero, no mencionaron, entre los temas en discusión, el de "especificidad". “Especificidad” que en cambio aparece en los comunicados de prensa de Confintesa y USB. Esta circunstancia la dio a conocer el propio ministro con motivo de su última visita a las autoridades de Augusta, en respuesta a una pregunta concreta de un colega. El ministro ha dicho claramente que está dispuesto a trabajar en el tema y que en la reunión de 15 pidió a los sindicatos presentes que busquen una posición compartida sobre el término "Especificidad". Los empleados aún no están adecuadamente informados por los representantes sindicales y la noticia es gracias a las redes sociales, como fue el caso en Augusta. Habríamos seguido pensando, erróneamente, que el ministro no tenía este problema problemático en la agenda. En este punto y bajo estas condiciones, la transmisión directa de estas reuniones entre el ministro y los sindicatos sería útil para la transparencia y el derecho a la participación indirecta. ¿Tal vez alguien querría darle a la palabra "Especificidad" un significado diferente al del tránsito bajo "ley pública"? Nos gustaría una respuesta a esta pregunta, especialmente de aquellos que, en esas representaciones, disfrutan de este régimen pero dificultan su realización para otros. En una situación tan crítica para el personal en servicio, las suposiciones no pueden ser consideradas como una prioridad y pretender que las personas de 26.000 no existenSin duda, los supuestos son necesarios, pero solo después de haber ordenado la situación actual, con la resolución de los problemas críticos de los que hemos estado hablando. El personal que se ha unido y que se adhiere a la iniciativa del Comité solo pide respeto por su profesionalismo como profesionales de la Defensa, porque sería tiempo de decir lo suficiente para que los acuerdos se vendan, exige un "Evento de época" para resolver el problema. Problemas actuales acumulados a lo largo de los años. Esperamos que el Ministro Trenta escuche las solicitudes directas del personal y desee reunirse con el Comité para la Especificidad del Personal de Defensa Civil, convirtiéndose en el promotor de un cambio real, cuyo camino, hasta el momento, ha sido abrumado por quienes obstaculizan este pasaje. .