Europa refuerza el sistema de prevención y represión de los actos de terrorismo internacional

(Para Giuseppe Paccione)
31/01/17

Por ahora, incluso la vieja Europa ya no es inmune a los ataques terroristas que se han perpetrado en los últimos tiempos, no sólo de los grupos terroristas surgieron desde la caída de algunos regímenes de Oriente Medio, sino también por cd combatientes terroristas extranjeros - yo terroristas extranjeros.

Para prevenir el terrorismo internacional en el continente europeo, el Consejo de Europa decidió adoptar un protocolo adicional hace algunos años para anexarlo a la Convención sobre la prevención del terrorismo con el objetivo de abordar el tema combatientes terroristas extranjeros, es decir, luchadores de la Yihad y expresión del cd terrorismo molecular, considerada una amenaza a la imprevisibilidad, que incluye tanto la figura del lobo solitario como el luchador que regresa de los frentes donde operan los movimientos del terrorismo islámico. Este tipo de terrorismo consiste en la implementación de ciertas operaciones en algunas áreas importantes de Iraq y Siria de un movimiento terrorista que, a pesar de haber sufrido una serie de golpes severos de la comunidad internacional a través de ataques de aviones militares de un grupo de Los estados que han formado la coalición liderada por Estados Unidos, por un lado, y el despliegue de Rusia, Turquía e Irán, por otro, están tratando de realizar el Califato, dando vida como un primer paso hacia el Estado Islámico de Irak y Siria (ISIS), que ningún Estado ha reconocido como sujeto de derecho internacional.

En el contexto internacional, gracias a la resolución n. 2178 del 2014 adoptada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, se determinan las restricciones jurídicas relacionadas con la criminalización de los actos preparatorios de esta forma de terrorismo. Para proporcionar una solución a esta importante evolución, el Comité de expertos, estructurado dentro del Consejo de Europa, ha establecido un Comité que ha redactado un Protocolo que se adjuntará a la Convención 16 sobre la Prevención del Terrorismo en mayo 2005, que se puso fin en mayo 2015. El presente Protocolo entra en vigor después de seis Estados, de los cuales al menos cuatro miembros del Consejo de Europa han depositado el instrumento de ratificación, aceptación o aprobación. En la misma onda de frecuencia, junto con la Convención 2005, la apertura de este protocolo adicional también está permitida para los Estados que no son miembros del Consejo de Europa.

Compuesto de artículos de 14, esto Protocolo adicional tiene primeros artículos los que se refieren a la participación en una asociación o grupo, el acto de recibir formación, viajar al extranjero, financiar, organizar o facilitar viajes al extranjero - claramente destinados a fines terroristas.

Cada Estado estará obligado a adoptar las medidas necesarias para calificar como delito en su legislación nacional y ningún Estado se le da la oportunidad de establecer las condiciones necesarias, de conformidad con sus principios constitucionales, para inhibir los viajes al extranjero de individuos que son terroristas . Esta referencia podría interpretarse como una recomendación de adoptar medidas adicionales con respecto a la negativa a ingresar o viajar desde el territorio de los Estados partes, de conformidad con la resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas n.2178 / 2014.

Además de desarrollar estos ejemplos, en Protocolo adicional se ha establecido una red de puntos de contacto entre los Estados a fin de que el intercambio oportuno de toda información relativa a personas privadas que realicen viajes a países extranjeros con fines terroristas sea más segura.

Finalmente, hay dos formas de protección legal. El primero requiere el cumplimiento de las limitaciones de los derechos de la persona, incluidos los establecidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales del 1950 y el Pacto internacional de derechos civiles y políticos de 1977, además de otras obligaciones contenidas en el derecho internacional general. El segundo trabajo en la relación entre las palabras y las expresiones utilizadas en el Protocolo adicional, que se interpretan de acuerdo con la Convención 2005.

La necesidad urgente de un protocolo de quo, como instrumento de los esfuerzos regionales para abordar el fenómeno de combatientes terroristas extranjerosno se puede expandir La Convención 2005 había delineado diversas formas de responsabilidad terrorista en términos generales pero, para casos específicos que son modus operandi de combatientes terroristas extranjeros, uno apenas puede encontrar una base legal en el texto. la Protocolo adicional está a un paso de ser bienvenido y llenar los vacíos antes mencionados.

El impacto de la Protocolo en la cooperación puede ser circunscrito por dos factores. Primero, debemos ver cómo el punto focal contribuye a facilitar el intercambio de servicios secretos o inteligencia, ya que este es el campo en el cual la gran desconfianza permanece entre los estados. En secundis, la referencia al Convenio 2005, contenida en Protocolo adicional del 2015, implica que las actividades de las fuerzas armadas son excluidas durante un conflicto armado, en el sentido dado por estos términos en el derecho internacional de los conflictos armados o de la humanidad desde su ámbito de aplicación. La relación entre el terrorismo y el derecho internacional de los conflictos armados está lejos de ser clara. Aunque no hay un solo enfoque para la aplicabilidad del cuerpo Sin embargo, las disposiciones que regulan la conducción de las hostilidades con respecto a los actos llevados a cabo por el terrorismo internacional no pueden ser ignoradas por el hecho de que los Estados siguen diferentes enfoques.

Un problema final es inherente a la posibilidad de que la cuestión de los derechos de la persona resulte de la definición amplia de los actos preparatorios de terrorismo realizados por el Protocolo adicional. Al depender de cómo los Estados implementan los delitos penales en sus respectivos sistemas legales, la criminalización de los actos preparatorios de terrorismo puede entrar en conflicto con las salvaguardias fundamentales protegidas por el CEDH (Convención Europea de Derechos Humanos), como el derecho al respeto de la vida privada y familiar o la libertad de reunión y asociación.

Si bien esta tensión entre justicia y seguridad no es nueva en la lucha contra el terrorismo internacional, se espera que la negligencia político-judicial de la conducta del Estado contribuya a la búsqueda de un justo derecho, en un momento en el que la péndulo Se mueve hacia la seguridad de las políticas que tienen como objetivo la lucha contra el terrorismo.

(foto: IDF)