Últimos desarrollos de la operación EUNAVFOR MED II / SOPHIA

(Para Giuseppe Paccione)
18/07/16

Con la decisión de la PESC n.993 / 2016, que modifica la Decisión (PESC) n.2015 / 778, en relación con una operación militar en el (funcionamiento SOPHIA MED EUNAVFOR II) Unión Europea-Mediterráneo central, adoptada por el Consejo Asuntos Exteriores de la UE, en consulta con la oficina del Alto Representante de política Exterior y de Seguridad Común, se decidió extender la misión EUNAVFOR MED II o SOPHIA, no sólo eso, sino dos tareas adicionales se introdujeron operación , el primero teniendo como objeto el formación de guardacostas y armada del estado libio, el segundo sobre cooperación para aplicar el embargo de armas a las naciones.

La adopción de la decisión de quo tiene su origen en la reunión del Consejo de Asuntos Exteriores de la UE a finales de mayo 2016, en la que ya se habían convocado y el prorogatio Un año y la ampliación de las tareas asignadas. Sobre el primer punto, hubo una solicitud de la GAN libia (Gobierno acordó nacional); en el segundo punto, estaba esperando que llegara la luz verde o la autorización del Consejo de Seguridad de la ONU, que vino con el 14 June 2016, gracias a la adopción de la resolución n.2292 / 2016, que permitió al Consejo deliberar de forma formal. Esto se refiere al desarrollo o la evolución de la operación en cuestión, en la que las tareas mencionadas y el período de tiempo, que se decidió ampliar en algunos años, ya habían sido establecidos por el SEAE (Servicio europeo de acción exterior), en el documento EEAS (2016) 436, relacionado conEUNAVFOR Med Operation Sophia (ENFM) Revisión Estratégica, depositado en la Comisión Política y de Seguridad.

Frente a los comités conjuntos de extranjeros y de defensa de las dos ramas del parlamento italiano, el mismo ministro de asuntos exteriores y cooperación internacional Paolo Gentiloni Explicó la posición del gobierno italiano con respecto a las comunicaciones relativas al estado de las misiones en curso y las intervenciones de cooperación para el desarrollo en apoyo de los procesos de paz y estabilización, en las cuales el propio ministro quería subrayar el papel de Italia, como punto crucial en la misión EUNAVFOR MED a través de avances que continúan realizándose sobre la base de la consolidación. Por supuesto, las tareas determinadas desde el comienzo de la operación y, en particular, la misma quedan confirmadas sin ninguna modificación estado implementación. El gobierno de acuerdo nacional, liderado por el primer ministro libio Al Sarraj, no ha presentado ninguna solicitud sobre este punto, ni ha habido ninguna posición a tal efecto por parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en el sentido de que la misión permanece en la posición fase II de tipo A, lanzado en octubre del 2015, que incluye detenciones, inspecciones, incautaciones y secuestros de buques en los que existe una fuerte sospecha de que se utilizan para el tráfico y el tráfico en aguas internacionales. Todavía no es factible implementar el fase II de tipo B concerniente al procedimiento de Detenciones, inspecciones, incautaciones y secuestros en el mar territorial del estado libio sin el consentimiento de este último o mediante las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; así como la aplicación de cualquier medida necesaria con respecto a un buque y su medio, sospechoso / o ser utilizados con el fin de operar en el tráfico de personas, incluyendo su eliminación o para asegurarse de que dicho buque no se hace utilizable - aquí deberías estar en el fase III.

Por último, se añade otro aspecto que se refiere a la duración de la misión, que ya había sido determinado en la decisión de la PESC n.2015 / 778, doce meses hasta la meta de la capacidad operativa total. A través de la decisión de 20 en junio 2016, la operación se extendió en el inmediato hasta la mitad del año 2017.

La decisión CFSP 2016 / 993 establece algunas tareas adicionales, como la asignación a la operación de quo la tarea de favorecer la creación de capacidades y la formación de la Guardia Costera y la Marina de los Estado de Libia para tareas de aplicación de la ley en el mar con el fin de actuar antes de que el tráfico de descarga y la trata de personas. En este punto hay que añadir que el contacto directo entre las instituciones de la UE y la guardia costera de Libia siempre se continúan y siguen, y esto ha sucedido es por ahora reducida presencia de la misión civil de la Política de Seguridad y Defensa de la tarea para controlar las fronteras de Libia, la llamada gestión de las fronteras de Libia (EU BAM Libia: Misión de asistencia fronteriza de la UniónMisión civil de la UE), que tiene su sede en Túnez, tanto para actividades preparatorias como de formación en el contexto del programa "Seahorse Mediterranean Network". El documento europeo del SEAE (Servicio europeo de acción exterior), Adoptado de abril 13 2016, se descartó claramente una verdadera operación naval de la evolución del plan de formación de la Guardia Costera, así como la Marina del Estado de Libia, y en alta mar y en el mar territorial, por supuesto, a través de la presentación dell 'invitación que debe provenir de las autoridades libias.

Durante el cumbre en Libia, celebrada en la capital austriaca, a mediados de mayo 2016, el primer ministro libio Provisional de los Gobierno acordó nacional había presentado una solicitud contenida y, por lo tanto, disponible en documento conjunto. También en mayo, el mismo primer ministro de Libia envió una carta a la Alta Representante de la política exterior de la UE Mogherini (foto), con la que se confirmó la petición sobre la contribución de la UE a la formación de la Guardia Costera y la armada libia y los servicios de seguridad.

El 24 también puede de 2016, el Consejo de Asuntos Exteriores de la UE decidió extender la operación EUNAVFOR MED II o SOPHIA. Está claro que la carta enviada por el primer ministro libio Sarraj, bajo la insistencia de la UE, sufrió una congelación por parte de Alemania que chocó duramente con los cuerpos del SEAE - recordando que este órgano Está configurado como un organismo de la UE que opera en autonomía funcional, bajo la responsabilidad del Alto Representante. - así como la propia Francia, que puso de relieve las fuertes dudas sobre la solidez y legitimidad de la guardia costera libia. A esto jeroglífico Se encontró una solución de mediación, bajo la atenta mirada del Alto Representante de la PESC, que era necesaria para cumplir con la regla de la unanimidad, a pesar de la intervención de los otros Estados miembros de la UE.

Además, de acuerdo con la Decisión CFSP 2016 / 993, es responsabilidad del Comité Político y de Seguridad determinar el inicio de la operación que, una vez que se han realizado los preparativos necesarios, en particular con respecto al los procedimientos de constitución y control de los pasantes, la tarea adicional mencionada en el párrafo 1 se lleva a cabo en alta mar en la zona de operación demandada de EUNAVFOR MED II operación SOPHIA, definida en los documentos de planificación pertinentes; No solo eso, la tarea adicional, mencionada en el párrafo 1, también puede llevarse a cabo en el territorio, incluidas las aguas territoriales, de Libia o de un tercer Estado vecino de Libia, esto se refiere a Túnez, si el PSC decida hacerlo a raíz de una evaluación realizada por el Consejo sobre la base de una invitación de Libia o del Estado anfitrión en cuestión, y de conformidad con el derecho internacional. Por el contrario, no se considerarán otras decisiones si parte de la tarea adicional puede llevarse a cabo, por invitación, dentro de un Estado miembro. Además, se determina que, para llevar a cabo elproceso control de procedimiento y con su consentimiento por escrito, los datos de los participantes se comparten con los Estados miembros de la UE, UNSMIL (Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia) una misión desarmada, pero política, destinada a fomentar el diálogo entre los diferentes grupos que forman el mosaico libio, EUROPOL y FRONTEX.

También se debe mencionar que, en el contexto de marco de asociación con terceros países en el contexto de la agenda europea en materia de migración, ambos propuestos por el Alto Representante para la PESC, y por el vicepresidente de la Comisión de la UE, se decidió dar un préstamo a favor de Libia, que también podría ser utilizado para entrenamiento conducido por la misión naval.

Otra tarea adicional importante, confiada a la operación EUNAVFOR MED o SOPHIA, se refiere a la colaboración enintercambio de información Y, aún más interesante, enesecuzione dell 'embargo decidido por la Organización de las Naciones Unidas sobre Armas en Aguas Internacionales y frente a las costas del Estado Libio. Durante la represión total del régimen de Gaddafi, el Consejo de Seguridad de la ONU aprobó la resolución 1970 de 26 2011 de febrero para afirmar la legalidad internacional en Libia. Impone un embargo al comercio de armas junto con otras sanciones no militares desde y hacia el Libia, modificado y confirmado en resoluciones posteriores hasta que el último adoptó 31 March 2016. Por un lado, como se informó en el informe final, este embargo ha sufrido continuas violaciones por parte de muchas partes, por lo que sería necesario realizar controles detallados para garantizar su implementación. Por otro lado, es evidente para todos que el suministro continuo desde fuera de los diversos grupos está impidiendo el fortalecimiento del gobierno del acuerdo nacional, ahora reconocido por los estados miembros de la comunidad internacional. Por otro lado, debe decirse que el presidente interino Al Sarraj expresó el deseo de solicitar más exenciones del embargo al organismo específico establecido en la resolución n.1970 / 2011 - para la afirmación de la legalidad en Libia -, el llamado Comité del Consejo de Seguridad, que tiene un título en el campo, con el objetivo de ser facilitado en la lucha contra el ISIS y otros grupos terroristas presentes en el territorio libio. El Consejo de la UE ha decidido hacer concreto su compromiso con una tarea adicional de la operación EUNAVFOR MED o SOPHIA sobre la base de una nueva resolución del Consejo de Seguridad de la ONU. Incluso ahora, en esencia, que había sido discutido como una operación naval EUNAVFOR posible evolución MED o SOPHIA, con el fin de eliminar el terrorismo internacional, pero no cruzar la hipótesis de que deje a un lado podría suceder así en el mar territorial de Libia.

Las Naciones Unidas, a través del principal órgano responsable del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, id est El Consejo de Seguridad aprobó la resolución n.2292 la 14 2016 junio, con la que está autorizada, durante doce meses, y con el objetivo de inhibir la transferencia de equipos militares e ISIS, no sólo, a otros grupos se integran en el mundo del terrorismo, los Estados miembros, individualmente oa través de organizaciones internacionales en el ámbito regional, junto con las consultas favorables con el acuerdo de las autoridades gubernamentales nacionales, para inspeccionar ninguna duda en aguas internacionales barcos de partida y / o para la Libia lo que no hay razón para considerar el hecho de que están llevando armas o material relacionado ao desde Libia, directa o indirectamente, en contravención de los párrafos 9 10 y de resolución de n.1970 2011 y su posterior edición.

También es necesario recordar que el mandato contenido en la resolución de quo Su objetivo es proporcionar una base legal derogatoria para acciones que de otro modo serían contrarias al derecho internacional general. En consecuencia, esta última resolución, adoptada por el Consejo de Seguridad, no limita las facultades de intervención ya disponibles para un Estado, de conformidad con el derecho internacional. Uno piensa en particular en las situaciones en que un estado expresa su propia consentimiento intervención contra un barco que enarbola su pabellón que, por hipótesis, no se encuentra dentro del alcance del campo de resolución. Este último otorga un poder limitado y controlado que solo se aplica en situaciones en las que las fuerzas navales (guerra), que controlan el mar Mediterráneo, aún hoy carecen de poder. Pueden inspeccionar un barco sospechoso, a pesar de la posible reticencia del Estado del pabellón. Si se confirma la presencia de armas, la actitud del Estado del pabellón puede cambiar. Si este no fuera el caso, el barco también se desviaría a un puerto para permitir la descarga y luego la destrucción de las armas encontradas a bordo. Puede verse claramente en la lectura de la resolución n.2292 / 2016 que el mandato de intervenir contra los buques no tiene por objeto evitar la cooperación entre los Estados considerados, especialmente con el Estado del pabellón, sino favorecerla. Ergosin ninguna cooperación, el procesamiento penal del tráfico de armas, que no está consagrado en la resolución, no se llevaría a cabo.

También hay que añadir que cada inspección es precedido por los intentos de buena fe para obtener el consentimiento del Estado del pabellón. También hay que destacar que la adopción de la resolución que se está tratando, antes de su aprobación, se reunió con algunas decepciones en este punto específico, casualmente, dos de los miembros permanentes de la Seguridad de la ONU, que diciendo que china y Rusia, que estaban a favor de la protección del principio de jurisdicción exclusiva del estado del pabellón y que daría lugar a una disminución del contenido de la autorización. Se decidió, entonces, a través de un compromiso, a continuación, llegar a la unanimidad en esta resolución, para reemplazar la expresión cercare (buscar) con el de ottenere (obtener).

En la misma resolución también está la autorización para usar todos los medios eso es apropiado a las circunstancias particulares en la realización de inspecciones. Se puede decir que la formulación todos los medios acordes con las circunstancias específicas, bajo la presión de algunos Estados Miembros del Consejo de Seguridad, ha experimentado algunos cambios con respecto Tutte le misure necessariehaciéndolo más suave. Además, se determina la autorización para confiscar y desechar los objetos utilizados como productos de contrabando y reunir pruebas suficientes del transporte de productos inhibidos. La decisión tomada por el Consejo 20 en junio 2016, en cierto sentido, está muy cerca del contenido de la resolución n.2292 / 2016 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta tarea adicional también fue delegada a una deliberación por parte del Comité Político y de Seguridad, como fue el caso de la tarea adicional relacionada con la capacitación. Además, en lo que respecta a la resolución, está la previsión, como ya analizó el Servicio europeo de acción exterior en los archivos de trabajo, la recogida de información y, sobre todo, su compartir con los socios y los organismos pertinentes, incluso si están clasificados, pero sólo en el plan RESTREINT UE (para la garantía de la seguridad de la información en el campo de los sistemas de comunicación e información significa la confianza de que tales sistemas protegerán la información que manejan y funcionarán de la manera prevista y en su momento bajo el control de los usuarios legítimos. garantía de seguridad de la información efectiva necesita para asegurar los niveles apropiados de confidencialidad , integridad, disponibilidad, no repudio y la autenticidad.) y de acuerdo con las políticas concertadas entre la Oficina del Alto representante de la PESC, los socios, en el pleno respeto de los principios de inclusión y reciprocidad.

La propuesta relativa a una ampliación de la misión o zona de operaciones al norte y al este, es decir, en aquellas partes del mar donde ni EUNAVFOR MED, ni FRONTEX, ni la OTAN han encontrado una solución, una solución que es deseable por el flujo migratorio previsible desde el sur debido al cierre de la ruta de los Balcanes.

(foto: EUNAVFOR MED / Military Navy)