Derechos sindicales de los militares: "Los delegados deben poder realizar su mandato exclusivamente ... sin ser sometidos a evaluación"

24/07/18

Estimado Director, después de la reforma de las Fuerzas Armadas y la reorganización de las carreras, estoy convencido de que lo que afectará los nuevos derechos sindicales en el mundo militar es la consecuencia lógica de un camino que está renovando el sector.

Interpreto el fallo de la Corte Constitucional como la oportunidad de expresar derechos que completarán la unión insoluble que une al personal a la cima, ya unidos para lograr el mismo objetivo.

La oportunidad que se presente tendrá que reunir las mejores experiencias y reflejar los problemas críticos encontrados para convertirlos en un instrumento de apoyo que mejore la eficiencia del sector de defensa y seguridad.

Por otro lado, es en las cosas que las asociaciones sindicales militares se convertirán en una parte integral del sistema militar.

Me gustaría solicitar algunas solicitudes para alentar el debate que debe acompañar a la reforma, para que se viva el delicado pasaje en cada lugar para apoyar lo que el Parlamento tendrá que hacer.  

Creo que las asociaciones sindicales militares pueden estar formadas por soldados de guardia y de vacaciones y, por qué no, pueden representar intereses incluso en múltiples administraciones militares. Por el contrario, estoy convencido de que la representación sindical directa debe ser expresada por los cuerpos formados por los militares elegidos por los militares.

Específicamente: un sindicato expresa su contenido y ofrece su propia contribución dentro de una administración militar a través del voto que determina la composición de los sindicatos que son en efecto socios sociales.

Para promover las relaciones sindicales, el sistema sindical debe basarse en dos pilares: el nacional y el local, o sobre una base regional.

Los sindicatos deben ser presididos por un ejército elegido por los delegados con un sistema de votación que favorezca el consenso interno más amplio y el intercambio de objetivos.

Para alentar la participación de género, servirá para expresar la preferencia de género.

Para evitar la fragmentación de la representación sindical (reexamen de la experiencia vivida después de la ley 121/1981) así como la representación colectiva real de intereses, los delegados deben ser elegidos de listas y debe establecerse un umbral por debajo del cual no se otorgarán asientos.

Los delegados a nivel nacional deben ser capaces de llevar a cabo su mandato exclusivamente, sin limitaciones temporales y sin ser evaluados.

Las competencias son amplias y, sin embargo, algunos sujetos deben en todo caso ser excluidos -se podría, por ejemplo, solo formular opiniones no vinculantes sobre la materia- debido a que, dada la estructura jerárquico-piramidal, la responsabilidad por la eficiencia del instrumento y la ejecución de los programas asignados se atribuye, en todo caso, a la alta dirección.

Concluyo con una convicción: en efecto, el reconocimiento de la responsabilidad de los "interlocutores sociales" debe atribuirse a las organizaciones sindicales, tanto con disposiciones que determinen la construcción cultural del camino como con la definición de responsabilidades programáticas y competencias exclusivas para regularizar, de manera correcta y no burocrática, el marco de relaciones de tipo sindical que se presentará entre los distintos sujetos.

Sen. Vincenzo D'Arienzo