La selección que no nos gusta. Aspirante a carabinero gana apelación contra el arma que lo juzgó obeso

(Para Antonio Lombardi)
07/11/22

Excluido del concurso para el reclutamiento de 3.581 estudiantes de carabinieri, el AG de Ficarazzi (PA) de veinte años fue readmitido después de que sus defensores lograran demostrar un "error" en los parámetros exigidos por el concurso.

El aspirante a carabinero en noviembre de 2019, fue descartado de la competencia en Carabinieri por ser considerado "Padecer de obesidad". Al no estar de acuerdo con el motivo de la exclusión de la competencia, el joven dio un mandato a sus abogados para que recurran ante el TAR contra el Ministerio de Defensa y la Comandancia General de Carabinieri contra la sentencia de inadecuación del 8 de noviembre de 2019 que había sancionado al ' exclusión.

Los abogados produjeron certificaciones de salud a favor del cliente en las que constaba un peso de 112 kg y una altura de 196 cm con un índice de masa corporal igual a 29.2. A la luz de lo que surgió de la documentación médica presentada por el interesado, el Tribunal Administrativo Regional de Lazio ordenó un contrainterrogatorio entre las partes, nombrando al Departamento Central de Salud del Ministerio del Interior.

La comisión médica del Ministerio del Interior había desautorizado la del Ministerio de Defensa, al considerar, tras haber realizado la prueba de bioimpedancia, al competidor compatible con la inscripción, considerando inexistentes los requisitos que fundamentan la prestación emitida por el arma . El análisis de bioimpedancia se basa en el principio según el cual los tejidos biológicos se comportan como buenos conductores, malos conductores, no conductores o dieléctricos si son atravesados ​​por una corriente de baja tensión. Los tejidos magros son buenos conductores, mientras que los huesos y la masa grasa son aislantes (no conductores). Además, los fluidos corporales permiten que la corriente fluya fácilmente mientras que la masa celular ofrece resistencia. En base a los datos que recopila, la bioimpedanciometría nos permite conocer la cantidad de agua total (TBW) que contiene el cuerpo analizado, su distribución dentro y fuera de las células, la masa magra (FFM) y la masa grasa (FM).

Después de que el TAR de Lazio hubiera accedido al niño en abril pasado, el Consejo de Estado también confirmó la decisión del tribunal de primera instancia, rechazando la apelación del arma.

Ante el tribunal administrativo regional de Lazio, los abogados del niño demandaron al Ministerio de Defensa y tras solicitar nuevas investigaciones, sus argumentos fueron reconocidos como fundados. Ellos mismos declararon "todo gira en torno al índice de masa corporal, ya que la correlación del peso con la altura: se calcula dividiendo el peso corporal (kg) por la altura (metros) al cuadrado. De acuerdo a lo establecido por la competencia, la relación entre el peso y la altura no debe exceder el valor de 30. Durante las visitas, el peso y la altura estaban equivocados. Según los hallazgos de la comisión, el joven pesó 113,2 kilos y mide 193,5 kilos. Con estos datos, el índice de masa corporal fue de 30,2 y superó el límite marcado por la competencia. Durante los controles médicos se constató que el joven pesa 112 kilos y mide 196 centímetros de estatura: el índice de masa corporal en este punto está 29,2 por debajo de lo exigido por la convocatoria del concurso”.

La TAR tras solicitar nuevas verificaciones había aceptado la tesis de la defensa: “Las valoraciones practicadas al determinar los requisitos psicofísicos aun cuando constituyan una manifestación típica de la discrecionalidad técnica administrativa - escriben los jueces - no escapan al control judicial, donde son reconocibles hipótesis de exceso de poder por tergiversación de los hechos e ilógica”.

El 11 de octubre el Consejo de Estado “Compartiendo las tesis defensivas y considerando infundadas las denuncias de Arma sobre la infungibilidad temporal de los controles físicos practicados en el concurso, con la consecuente inexistencia de la supuesta vulneración del par condicio competitorum, rechazó el recurso de casación. - concluyen los abogados - propuesto por la Comandancia General”.

La obesidad ha sido un grave problema social y de salud durante algún tiempo tanto en Italia como en otros países y no solo en las fuerzas armadas. Según un estudio de Eurostat de 2016, la población en Europa también indica que más de la mitad de los adultos en los estados de la UE tienen sobrepeso, 35,7% preobeso y 15,9% obeso y la tendencia es en continuo crecimiento. Esto debe alentarnos a abordar con seriedad y metódicamente el problema que es complejo y conlleva toda una serie de consecuencias, entre las que destaca un posible impacto negativo en la seguridad nacional.

Para alistarse hay requisitos físicos y culturales (cada vez menos estrictos) así como en muchas otras profesiones. La rebaja de estos valores mínimos podría conducir a una nivelación tendiente a la baja que disminuiría, inflaría y haría cada vez menos eficiente y eficaz esa profesión.

En las fuerzas armadas, los requisitos psicofísicos mínimos son la base para el ejercicio de una profesión enfocada principal e indiscutiblemente a la actuación y requiere de un físico adecuado para poder desempeñar actividades operativas. No es discriminación sino simplemente "selección" de personas para tareas específicas, como se hace para otras profesiones.

¿Es tan extraño exigir una mejor condición física de un joven aspirante a militar? Quizá comprometerse a alcanzar una meta (en este caso alistarse) podría ser un pretexto para empezar a abordar este problema sociosanitario.

El joven aspirante a carabinero será alistado y la Comandancia General de Carabineros pagará las costas judiciales.

Foto: Arma Carabinieri

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